La Asamblea Legislativa reformó la Ley del Fondo de Conservación Vial – FOVIAL para que esta institución pueda ejecutar obras relacionadas con infraestructura de sistemas de transporte y movilidad urbana.
Concretamente, los diputados reformaron el artículo 21 para introducirle una nueva atribución, número 21, al Consejo Directivo del Fovial: podrá “autorizar el nivel de ingresos que se podrá comprometer para respaldar el pago del servicio de sus obligaciones financieras”.
Una segunda reforma clave para que la nueva atribución del Fovial fue la supresión del artículo 28-A, que permitía comprometer hasta el 50 % de los ingresos del Fovial, este límite había sido únicamente inaplicado en la autorización legislativa al Fovial, del 7 de noviembre de 2023, para emitir hasta $1,000 millones de deuda.

Así, el artículo 28-A, que había sido incorporado en la reforma del 20 de julio de 2021 y que permitía al Fovial “comprometer hasta el 50 % de sus ingresos anuales para respaldar el pago del servicio de sus obligaciones financieras”, fue derogado.
La reforma aprobada ayer fue solicitada por el ministro de Obras Públicas, Romeo Herrera, y la misma amplía el destino de las inversiones del Fovial a proyectos de transporte y movilidad urbana, componentes electromecánicos y sistemas integrados de transporte, y no solo a mejoramiento vial.

Antecedentes
Aunque su principal financiamiento proviene de un cargo de $0.20 a cada galón de combustible que compran los automovilistas, el Fovial ha adquirido deudas.
En el año 2024, Fovial tuvo un presupuesto de $207.8 millones –que fueron ejecutados en un 100 %– con $114.76 millones provenientes del cargo al combustible.
Durante el mismo año 2024, la Asamblea Legislativa ha aprobado dos garantías soberanas para dos préstamos que suman $342.6 millones para el Fovial. Las aprobaciones se dieron el 24 de julio y el 20 de agosto, para los contratos de préstamos 2310 y 1886 del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).
El Fovial fue creado en el año 2000 y está autorizado desde agosto de 2012 a emitir títulos valores o deuda para su funcionamiento y desde julio de 2021 a comprometer flujos financieros futuros, es decir, a realizar titularizaciones.
El 7 de diciembre de 2021, el Legislativo lo autorizó a emitir una deuda y a comprometer flujos financieros presentes y futuros hasta por $1,000 millones; en el decreto original la Asamblea había permitido que estos fondos fueran respaldados por «un monto a ser acordado por el Fovial». Sin embargo, una reforma del 7 de noviembre de 2023 eliminó expresamente la aplicación del artículo 28-A, el cual permitía únicamente el compromiso de hasta el 50 % del flujo de fondos, únicamente para esta emisión de hasta $1,000 millones.
«El límite el 50 % establecido en el artículo 28-A de la Ley del Fondo de Conservación Vial relacionado con el total de ingresos anuales que Fovial puede comprometer para respaldar el pago del servicio de sus obligaciones financieras no aplicará para la emisión autorizada», indicaba la reforma.
El 22 de diciembre de 2022, mediante otra reforma, se autorizó al Consejo Directivo del Fovial autorizar la suscripción de préstamos con organismos internacionales bilaterales, financieras nacionales o internacionales, y países amigos.